LA JUSTICIA MILITAR EN EL PRIMER
FRANQUISMO
EUSEBIO GONZ£LEZ PADILLA
Licenciado en Humanidades
Doctorando en Historia Contemporánea
EL MARCO LEGAL en el que tiene su origen la Justicia militar del primer franquismo son:
1. El Código de Justicia Militar de 1890 que fue publicado por Real Decreto de 27
de septiembre de 1890 y que estuvo vigente hasta la ley de 17 de julio de 1945
2. El Bando de Guerra de 28 de julio de 1936
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CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR DE 1890
Vigente en II República y bando franquista nacional
Art. 233: protección de los prisioneros de todo acto de violencia
pena cadena perpetua a muerte.
https://docs.google.com/file/d/0B2PbIE201GGAY1VQbGNwYmFIeG8/edit?pli=1&resourcekey=0-2qicS2Xhq-zYeHah11GjJw
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Creación Cortes Generales Catalanas: 1283
https://es.wikipedia.org/wiki/Cortes_Catalanas
Creación Diputación del General del Principado de Cataluña: Cortes de Monzón 1289
https://ca.wikipedia.org/wiki/Diputaci%C3%B3_del_General_de_Catalunya
- Las Taifas (reinos musulmanes) de Tortosa y Lérida habían sido conquistadas por el conde de Barcelona Ramón Berenguer IV en 1148 y 1149 respectivamente, y Ramón Berenguer adoptó el título de marqués de estos territorios.
- El condado de Barcelona (Gobierno independiente 897, unión dinástica 1137)
- El condado de Berga (Independiente hasta 1117; anexionado por Barcelona por Ramón Berenguer III)
- El condado de Besalú (Independiente hasta 1111; anexionado por Barcelona por Ramon Berenguer III)
- El condado de Cerdaña (Independiente hasta 1117; anexionado por Barcelona por Ramón Berenguer III)
- El condado de Conflent (Independiente hasta cerca de 897; anexionado a Cerdaña, anexionado a Barcelona el 1117 por Ramon Berenguer III)
- El condado de Ampurias (Independiente hasta 1402, Martín el Humano lo integró a la Corona de Aragón)
- El condado de Gerona (Unificado con Barcelona desde el 897)
- El condado de Manresa (condado de valor geográfico y nunca jurídico, pues no hubo nunca conde de Manresa+++, perteneciente al condado de Osona+++)
- El condado de Osona (Subordinado a Barcelona desde el 827)
- El condado de Pallars (Divivido en 1110 en dos minúsculos condados: Pallars Jussà y Sobirà
- Pallars Jussá (División de Pallars el 1011, anexión a Barcelona el 1192)
- Pallars Sobirá (División de Pallars el 1011, incorporado a las posesiones reales el 1487 con Hug Roger III)
- El condado de Ribagorza (dinastía propia 872-1017)
- El condado de Rosellón (Independiente hasta 1172, anexionado al Principado de Cataluña)
- El condado de Urgel (independiente de facto hasta anexión por Fernando I de Aragón de Antequera en la Corona de Aragón en 1413 por la rebelión de Jaime de Urgel)
- Condado de Pallars Sobirà: mantuvo su dinastía propia hasta 1491
Declaraciones de independencia
La proclamación de 18 de enero de 1641
El 16 de enero de 1641, Pau Claris, canónigo de la Seo de Urgel (Seu d'Urgell) y diputado eclesiástico, representante (dicho "Presidente") de la Generalitat, presenta a la Junta de Brazos de la Diputación del General el acuerdo con los emisarios de Luis XIII y Richelieu, y el 17 lo acepta el Consejo de Ciento de Barcelona: Cataluña sería una república bajo protección francesa. Se proclama la República catalana. Esto sucede durante la Guerra de los segadores, durante el reinado de Felipe IV. España estaba en Guerra de los Treinta Años contra Francia y otros países europeos. Esta proclamación sólo dura seis días, pues el 23 de enero Pau Claris rectifica y proclama al rey Luis XIII de Francia como Conde de Barcelona y sitúa el Principado de Cataluña bajo la soberanía del rey de Francia
La Junta de Brazos funcionaba de manera soberana cuando en el 10 de septiembre del 1640 decidió romper las relaciones con Felipe IV. Luis XIII juró las constituciones en 1641.
Carta de Pau Claris a los Diputados del General:
“Molt il·lustre senyor: Lo senyor de Plesis Besanson [nieto de Richelieu, Bernard du Plessis-Besançon] ha fet ostensió dels poders que lo rey christianíssim li ha donats en ordre a la assistència que desija fer a esta província per sa conservació, en los quals, entre altres capítols, li dona poder sa magestat christianíssima per admètrela de baix de sa protecció, ab que reduesca son govern a forma de república ab los pactes y condicions que entre la província y a sa magestat christianíssima se ajustaran; y ha demanat juntament que aquesta intenció de son rey se propose a vostra senyoria, com ho fem, perquè vostra senyoria sie servit sobre aquest fet aconsellarnos lo que li aparexerà més convenient per nostra conservació y establiment del bon govern de aquestos Principat y comtats.
Una persona religiosa y de vida exemplar nos ha dit que per a que Nostre Senyor se apiade de nosaltres y nos done pròsperos successos seria molt convenient que lo Principat prometés casar cada any a gastos del General dotse donselles, quatre de cada hospital, que ab axò tenia per cert nos faria mercè Déu, Nostre Senyor, de donar-los la pau y quietut desijada. Representam-ho a vostra senyoria per a que nos aconselle lo fahedor.”
Los diputados aceptan la propuesta:
“Que se accepte la protecció y que de tot lo que·s tractarà en la Trentasisena en rahó dels pactes se’n done rahó als brassos y savi Consell, suplicant als senyors consellers sien servits juntar-lo per a demà de matí. Y que demà a la tarda se junten los presents brassos, suposat que la Trentasisena vege primer los poders del senyor de Plesis per a poder-ne dar rahó als presents brassos; y en lo que té respecte a la col·locació de las dotse donselles, que·s fassa com està proposat, ab que ditas dotse donselles se traguen per exacció posant-hi tota sort de donsellas de dotse anys en amunt, y que exidas una vegada no puguen tornar exir ni posar-se en sort.” (Dietari de la Generalitat, 1641, fulls 572 i 573).
Dietari de la Diputació del General, edición digital, página 1134:http://dogc.gencat.cat/web/.content/continguts/serveis/dietaris_generalitat_catalunya/documents/pdf/dietari_vol_05.pdf
La proclamación del 5 de marzo de 1873
En el ayuntamiento de Barcelona el “Estado catalán federado con la República española”, pero sólo dura dos días, ya que el 8 de marzo se revoca la proclamación después de unas negociaciones que terminan con la dimisión del presidente de la República, el catalán Estanislao Figueras y el acceso a la presidencia del también catalán, Francisco Pi i Margall.
La proclamación del 14 de abril de 1931
Francesc Macià, líder de ERC, proclama la República Federada Catalana dentro de la República española.
La proclamación del 6 de octubre de 1934
En las tres proclamaciones de 1873, 1931 y 1934, I y II República, no se ha pedido una independencia pura y dura de España, sino una integración en la misma como un Estado federal dentro de la República española.
Constituciones españolas
Sin referencias a la Nación, Patria, Estado, Soberanía e Independencia catalanas:
1812
1834
1837
1845
1869
1876
1931
1978
Estatutos de Cataluña, sin las mismas referencias:
1932
1979
2006
Diputación del General Carlista
Boletín
oficial del Principado de Cataluña:
hemerotecadigital.bne.es/results.vm?q=parent:0005028524&lang=caDevolución de los Fueros a los estados de la antigua Corona de Aragón
Catalanes,
aragoneses, valencianos: el 2 de mayo llamé desde Vera a todos los
españoles, lleno de fe en la grandeza de la causa cuyo depósito me
ha confiado Dios. Lo que entonces era una esperanza, será muy pronto
magnífica realidad. Sí, se acerca el día en que sean realidad mis
más vehementes aspiraciones. Por lo tanto, amante de la
descentralización, según consigné en mi carta-manifiesto de 30 de
junio de 1869, hoy os digo públicamente, solemnemente, intrépidos
catalanes, aragoneses y valencianos: hace siglo y medio que mi
ilustre abuelo Felipe V creyó deber borrar vuestros fueros del libro
de las franquicias de la Patria. Lo que él os quitó como rey, yo,
como rey, os lo devuelvo; que si fuisteis hostiles al fundador de mi
dinastía, baluarte sois ahora de su legítimo descendiente. Yo os
devuelvo vuestros fueros, porque soy el mantenedor de todas las
justicias; y para hacerlo, como los años no transcurren en vano, os
llamaré, y de común acuerdo podremos adaptarlos a las exigencias de
nuestros tiempos. Y España sabrá una vez más que en la bandera
donde está escrito Dios, Patria y Rey, están escritas todas las
legítimas libertades. Vuestro Rey. Carlos, Frontera de España, 16
de julio de 1872.
Son
Fueros, no Estatutos. El Fuero se basa en la estructura natural de la
sociedad, es integración de entes menores, pretende qe cada reino
participe en el destino de la comunidad superior española, tiene el
contenido concreto de la tradición de las Españas, y pretende
aplicar a las relaciones entre Estado y cuerpo social básico el
principio de justicia: darle a dicho cuerpo lo que es suyo. Sigue el
sistema inglés. No es un Estatuto que procede de fórmulas asépticas
de la voluntad general.
Carlos de Borbón y Austria-Este (Carlos VII en la genealogía carlista)Carta a aragoneses, catalanes y valencianos (16 de junio de 1872)
13 de julio de 1875 afirmaba: “Es tan grande el gozo que experimento haber jurado espontáneamente vuestros Fueros, buenos unos y costumbres...”. U otra afirmación que decía así: “... bajo el árbol sagrado de Guernica, como en las juntas de Villafranca, juré guardar sus Fueros, buenos usos y costumbres”.
I Generalidad Restaurada 1931
Constitución de la II República española, de 9 de diciembre de 1931, Gaceta de Madrid, número 344, de 10 de diciembre de 1931, páginas 1578 a 1588
Código Penal de la II República española, de 27 de octubre de 1932, Gaceta de Madrid, número 310, de 5 de noviembre de 1932, páginas 818 a 856 (39 páginas)
CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR
Real Decreto 27 septiembre 1890, Gaceta de Madrid.- Núm. 277 – 4 Octubre 1890
LEY DE ORDEN PÚBLICO Y DE LOS ÓRGANOS DE SU CONSERVACIÓN
Aprobada en Cortes 28 de julio de 1933, Gaceta, 30 julio 1933
LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL
Promulgada por Real Decreto de 14 de septiembre de 1882
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Defensa extraordinaria de la II República (Ley Orden Público)
http://e-spacio.uned.es/fez/eserv/bibliuned:Derechopolitico-1981-1982-12-CF9B87CD/PDF
II República Española Estatuto Jurídico, Decreto 14 abril 1931 (Gaceta, 15)
Generalidad de Cataluña
Decretos españoles de 21 abril y 9 mayo de 1931
Decretos catalanes de 28 abril y 15 mayo de 1931
Estatuto de Cataluña de la II República, promulgado el 15 de septiembre de 1932
Estatuto Interior de Cataluña
https://www.gencat.cat/eadop/imatges/republica/1933/19330045.pdf
Decreto de 15 de noviembre de 1934, de suspensión de las funciones legislativas del Parlamento de Cataluña y que adjunta el proyecto de ley de suspensión
Ley de 2 de enero de 1935, de suspensión de las facultades otorgadas por el Estatuto al Parlamento de Cataluña
Decretos-Ley del Presidente del Consejo de Ministros Manuel Azaña de 26 (autorizador) y 26 (rectificador) de febrero de 1936 (Gaceta, 27 y 28)
Sentencia del Tribunal de Garantías Constitucionales de 5 de marzo de 1936, que declara la inconstitucionalidad de la Ley de 2 de enero del 1935 (Gaceta, 8)
Sentencia del Tribunal de Garantías Constitucionales de la II República de 12 de junio de 1935 contra el Presidente de la Generalidad Lluís Companys por los Hechos del 6 de Octubre de 1934 http://www.boe.es/legislacion/ http://www.boe.es/legislacion/gazeta.php http://www.boe.es/datos/pdfs/BOE/1935/163/A02123-02131.pdf
Interpelación en el Parlamento de Cataluña de los días 5 y 6 de mayo de 1936 sobre los Hechos del 6 de Octubre del 1934 http://www.parlament.cat/porteso/rec_doc/1936_05_06.pdf http://www.parlament.cat/porteso/rec_doc/1936_05_05.pdf
Diario del Parlamento de Cataluña de la II República http://www.parlament.cat/web/documentacio/recursos-documentals/diari-republica
Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña de la II República http://dogcrepublica.gencat.cat/DOGC/pages/cercaDisposicions.jsf
II Generalidad Restaurada 1977
Ley Fundamental del Reino para la Reforma Política: 4 enero 1977 (BOE, 5)
Restablecimiento provisional de la Generalidad de Cataluña Real Decreto-ley 41/1977, de 29 de septiembre (BOE, 5 octubre) Desplegamiento del RDL 41/77: Real Decreto 2543/1977, 30 septiembre Corrección del RD 2543/ 1977: Real Decreto 2717/1977, 2 noviembre
Nombramiento de Josep Tarradellas i Joan como Presidente de la Generalidad de Cataluña: Real Decreto 2596/1977, 17 octubre (BOE, 18)
PRESIDENTES PARLAMENTO CATALUÑA
13
diciembre 1932
Lluís
Companys, Presidente
Joan Casanovas, ERC, vicepresidente primero
Antoni Martínez i Domingo, Lliga, Vicepresidente
segundo
Secretarios Martí Rouret i Antoni Dot, de ERC
Josep María Casabó, Lliga,
Carles Gerhard, Unió Socialista
20 junio
1933
Joan
Casanovas, Presidente
Jaume Serra i Húnter, vicepresidente primero
Josep
Irla, Presidente
Antoni Rovira i Virgili, ERC, vicepresidente primero
Manuel Serra i Moret, Unió Socialista, vicepresidente
segundo
Secretarios Antoni Dot i Josep Folch, de ERC
Pere Lloret, Acción Catalana
Carles Gerhard, Unió Socialista
Presidente
interino Antoni Rovira i Virgili
Presidente
interino Manuel Serra i Moret
Presidente titular Ventura Gassol, renunció
Presidente
interino, Francesc Farreras i Duran
Gobiernos paralelos
- Gobierno de la República Catalana
15 de abril de 1931
- Comité Central de Milicias Antifacistas de Cataluña
21 de julio de 1936 –
septiembre 1936
- Consejo Nacional de Cataluña
De Francia
De Londres
http://www.parlament.cat/web/parlament/galeria-presidents/cronica-parlament
http://www10.gencat.cat/elpresident/AppJava/es/lainstitucio/lapresidencia/01_presidencia_galeria.jsp
no encontrada
http://www.parlament.cat/web/parlament/galeria-presidents
Guia 2012 presidentes
históricos (Els origens de la Generalitat)
http://www.president.cat/pres_gov/president/ca/presidencia/origens-generalitat.html
Hechos históricos relevantes
1931, abril, 14:
Proclamación de la II República
1931, junio, 28:
Elecciones a Cortes Constituyentes: Bienio azañista
1931, agosto, 2:
Plebiscito del Estatuto de Nuria
1931, diciembre, 9:
Aprobación de la Constitución de la II República
1931, diciembre, 10:
Elección de Niceto Alcalá-Zamora como Presidente de la República
1932, septiembre, 15:
Promulgación del Estatuto de Cataluña sin someterlo a un nuevo
plebiscito después de la Sanjurjada del 10 de agosto de 1932
1932, noviembre, 20:
Primeras y únicas elecciones al Parlamento de Cataluña: vence ERC
1933, abril, 23:
Elecciones municipales españolas
1933, septiembre, 3:
Elección de los vocales regionales del Tribunal de Garantías
Constitucionales: vence la oposición y el Presidente de la República
convoca elecciones
1933, noviembre, 19:
Elecciones a Cortes: Bienio CEDA
1934, enero, 14:
Elecciones municipales catalanas: vence ERC
1934, octubre, 6:
Huelga general en España, rebelión en Cataluña y revolución en
Asturias
1936, febrero, 16:
Elecciones a Cortes: vence el Frente Popular. La CEDA protesta
por las decisiones desfavorables de la Comisión de Actas de las
Cortes, y hay segunda vuelta en Cuenca y Granada
1936,
febrero, 17: Decreto (BOGC, 18) de reposición de los
Alcaldes y Consejeros de los Ayuntamientos catalanes electos el 14 de
enero de 1934
1936, abril, 7 y 26:
el día 7 el Congreso vota a favor de la destitución del Presidente
de la República Niceto Alcalà Zamora. El día 26 se celebran
elecciones de compromisarios electores del Presidente de la II
República: elección de Manuel Azaña, quien promete su cargo el 11
de mayo.
1936, junio, 16, y
julio, 1: Informes de Calvo Sotelo en el Congreso sobre los
desórdenes públicos generales
1936, julio, 13:
Muerte de José Calvo Sotelo
También:
Legislación
electoral de la II República
es.wikipedia.org/wiki/Legislaci%C3%B3n_electoral_de_la_Segunda_Rep%C3%BAblica_Espa%C3%B1ola
CONFLICTOS II REPÚBLICA -
VATICANO
Quema de conventos de 10-13 de mayo de 1931
Non abbiamo bisogno, 29 de junio de 1931, sobre el fascismo
Ezkioga, 29-30 de junio de 1931
Disolución de la Compañía de Jesús el 24 de enero de 1932
Ley de 2 de junio de 1933, de Confesiones y Congregaciones religiosas
http://www.boe.es/datos/imagenes/BOE/1933/154/A01651.tif
Dilectissima nobis, sobre España, Pio XI, 3 de junio de 1933
http://www.vatican.va/holy_father/pius_xi/encyclicals/documents/hf_p-xi_enc_19330603_dilectissima-nobis_sp.html
Revolución de Octubre de 1934
Divini Redemptoris, sobre el comunismo ateo, Pío XI, 19 marzo 1937
(Punto 20. “Horrores
del comunismo en España”)
http://www.vatican.va/holy_father/pius_xi/encyclicals/documents/hf_p-xi_enc_19370319_divini-redemptoris_sp.html
Mit Brennender Sorge, sobre el III Reich, Pío XI, 14 marzo 1937
http://www.vatican.va/holy_father/pius_xi/encyclicals/documents/hf_p-xi_enc_14031937_mit-brennender-sorge_sp.html
Persecución católica
durante la II República
es.wikipedia.org/wiki/Persecuci%C3%B3n_religiosa_durante_la_Guerra_Civil_Espa%C3%B1ola
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Índice de las páginas (pestañas)
1. España "contra" Cataluña: Ley contratos cultivo 1934
2. Companys - Golpe de Estado y rebelión 6 Octubre 1934
3. Presidente de la Generalidad - Gobernador General - Ley 2 enero 1935 y Sentencia TGC 1936
4. Sentencia TGC 1935: Golpe de Estado y rebelión Companys 6 Octubre 1934
Sobre el caso "Companys" en los Hechos de Octubre (6 octubre 1934), Gaceta de Madrid, número 163, de 12 de junio de 1935.
Para saber más:
- Proclamación del Estado Catalán:
- Revolución de 1934 (Categoría):
- Lluís Companys i Jover, Presidente de la Generalidad de Cataluña: es.wikipedia.org/wiki/Llu%C3%ADs_Companys
Fins aquell moment, la fidelitat dels catalans a Felip IV mai havia estat qüestionada de manera formal per la Diputació. De fet, el 14 de gener encara es parlava amb devoció de Garci Gil Manrique com a legítim virrei de «sa magestat» a la província. Una devoció que havia pujat com l’escuma arran la notícia de la designació del marquès de Los Vélez com a nou lloctinent (pàg. 1120). Tot va canviar, però, després de la reunió del dia 23. A les pàgines del Dietari corresponents a la jornada següent, Felip IV deixa de ser «sa magestat» i queda reduït a la condició de «rey de Castella» (pàg. 1138)
ResponderEliminarDijous, a XXIIII. En aquest die, en la matinada, los senyors consellers vingueren en a // 579 r // la present casa per a tractar ab ses senyories dels senyor deputats y conferir lo que se havia de fer en benefici de la província, per quant lo enemich estava per a sitiar la present ciutat. En aquest mateix die, en dita matinada, arribà en la resent casa un trompeta del exèrcit enemich, lo qual vingué guiat de alguns cavalls de nostre exèrcit; y aquell aportaren en la present casa tapat de ulls ab un mocador, y donà y entregà a ses senyories un plech del marquès de los Veles, general del exèrcit enemich, dins del qual se trobaren una carta del REY DE CASTELLA per a la ciutat y una carta del marquès de los Veles per a los senyors deputats, ab còpia de la carta de dit rey de Castella que enviava a la ciutat.
.....
Conclusión de Pau Claris a la proclamación de la República catalana:
«y havent conferit algunas personas de confiansa y tota satisfacció lo modo de la protecció y forma de la república, se han considerats gravíssims inconvenients, no sols per los gastos se offeririan per la defensa y conservació de aquella, però encara en la disposició del govern»
(pàg. 1136).
D’aquesta manera, acabava l’experiència republicana iniciada una setmana abans:
Dimecres, a XXIII. Brassos a generals ab que se entregà la província a la obediència de França.... (página 1136).
.....
Quan el 27 de març va arribar a Barcelona la confirma-
ció oficial que el rei de França havia acceptat la SUBMISSIÓ dels catalans, la ciutat va esclatar en manifestacions d’alegria: «se feren tres salvas tirant totas las pessas de artilleria de la ciutat ab bala, ço és, una a la matinada, altra a mig die, y altra a la nit» (pàg. 1154 i 1155)
...
El finançament de la guerra continuava sent la primera preocupació del consistori que, com ja havia fet la tardor de 1640, conjuminava els expedients econòmics amb els recursos sobrenaturals: per tal d’obtenir l’ajut del CEL, va decidir
organitzar, el febrer de 1642, una campanya adreçada a la dotació de donzelles pobres dels principals establiments benèfics de Barcelona (pàg. 1238-1239).
La clerecia catalana durant el trienni liberal
ResponderEliminarhttps://books.google.es/books?id=34W1wd-NxhQC&pg=PA14&lpg=PA14&dq=mitja+annata&source=bl&ots=HF2RbMbt33&sig=jVWU7vQSvJ-O81ihsBDc8uBCYzI&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwivsqHam-7OAhVGtBQKHYooB14Q6AEIJTAC#v=onepage&q=mitja%20annata&f=false